Jorge Witker en la obra “Derecho Tributario Aduanero”, editada por la Universidad Nacional Autónoma de México conceptualiza la relación jurídica aduanera.
En primer orden considera que el derecho tributario es el conjunto de normas que regulan los derechos y obligaciones entre el Estado, en su calidad de acreedor de los tributos, y las personas a quienes la ley responsabiliza de su pago. Precisa que en el derecho tributario aduanero, los sujetos de la relación se pueden identificar como activos y pasivos.
El Estado es el único agente activo, mientras que el sujeto pasivo puede ser cualquier persona física, jurídica, privada o pública, que introduzca mercancías al territorio nacional o las extraiga del mismo, en su calidad de propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualquier persona que tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o en los hechos o actos mencionados.
El autor cita a Fonrouge Giulianni para definir relación jurídica tributaria: “La relación integrada por los correlativos derechos y obligaciones emergentes del derecho del poder tributario, que alcanzan al titular de éste, por una parte, y a los contribuyentes por otra”.
Agrega que cuando esa vinculación se da entre el Estado, detentador del Ius Imperium, y la persona que interviene en un tráfico internacional de mercancías, objeto de una operación de comercio exterior, la relación jurídica adquire una connotación aduanera (paso de las mercancías por la fronteras aduaneras) y se denomina “relación jurídica aduanera”.
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