El régimen de incentivos
tributarios por incumplimiento de algunas obligaciones, regulado en el artículo
179 del Código Tributario, establece rebajas con la condición de que el
contribuyente cumpla con cancelar la multa de dichas infracciones. Fija tres
rebajas en las multas: 90%, 70% y 50%, dependiendo de diferentes situaciones. El
Régimen en mención ya no seguirá vigente para los tributos que administra SUNAT,
pero sí para otros entes recaudadores (como los gobiernos locales), revelaron
fuentes del sector.
SUNAT no dejará de incentivar al
contribuyente sino que se regulará un nuevo régimen de gradualidad más
beneficioso que el actual con rebajas en más niveles: 95%, 85%, 70%, 60% y 40%
sobre las multas aplicables a los contribuyentes.