martes, 25 de mayo de 2010

Recomendaciones del ILDT sobre responsabilidad del Estado por actos de contenido tributario,

El Instituto Latinoamericano de Derecho tributario se reunió en Cartagena de Indias, el mes febrero de 2010, en donde realizó importantes recomendaciones en sus XXV Jornadas Latinoamericana de Derecho Tributario sobre responsabilidad del Estado por actos de contenido tributario:

Los ordenamientos jurídicos deben legislar sobre los alcances de la responsabilidad patrimonial del Estado por hechos, actos u omisiones, ilícitos o lícitos, en materia tributaria, al ejercer su función legislativa, administrativa o judicial. Recomendó que los Estados deben propender por la codificación del derecho tributario, en tanto es una herramienta necesaria de la seguridad jurídica, que contribuye a reducir las situaciones susceptibles de producir daños resarcibles a los contribuyentes. Debe arbitrarse la recepción de mecanismos procesales de tutela de los derechos que permitan evitar la consumación de los eventuales daños que pudiera causar el Estado.

Además de la responsabilidad patrimonial del Estado, debe tenerse en cuenta la de los funcionarios públicos en la acción u omisión que, con culpa grave o dolo, generen el daño, a fin de conjurar el riesgo de que los perjuicios finalmente deban ser soportados por toda la comunidad.

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