Decreto Supremo N° 206-2012-EF (Publicado en el diario Oficial El Peruano el 23 de Octubre de octubre de 2012): Se establece los parámetros para determinar la existencia de un criterio recurrente del Tribunal Fiscal que puede dar lugar a la publicación de jurisprudencia de observancia obligatoria
Mediante Decreto Supremo N° 206-2012-EF, se establecen los parámetros para determinar la existencia de un criterio recurrente recogido en las Resoluciones del Tribunal Fiscal que puede dar lugar a la publicación de una jurisprudencia de observancia obligatoria, de conformidad con lo previsto por el artículo 154° del Código Tributario y la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1113.
En tal sentido, se establecen los parámetros para determinar la existencia de un criterio recurrente de las Salas Especializadas del Tribunal Fiscal, correspondiendo a la Sala Plena del Tribunal Fiscal establecer a través de un Acuerdo de Sala Plena el procedimiento a seguir para la aprobación del criterio recurrente a ser recogido en una jurisprudencia de observancia obligatoria sobre la base de los parámetros establecidos en esta norma.
Cabe indicar que, para determinar la existencia de un criterio recurrente se considerarán las resoluciones del Tribunal Fiscal emitidas a partir del año 2008