Arturo Prado estuvo en vivo en Gestion.pe y respondió las interrogantes de los lectores.
Los empleados pertenecientes a la quinta categoría no tendrán la necesidad de declarar su impuesto a la renta, actividad que sí deben realizar los trabajadores de otras categorías en los últimos días de marzo. Son los empleadores los que deben declarar el IR de sus trabajadores.
La SUNAT cuenta con un archivo personalizado (con los ingresos y pagos por concepto de IR que deben realizar las personas naturales) lo cual facilitará la elaboración de las declaraciones juradas de los contribuyentes.
Manifestó también que quienes alquilan inmuebles y han efectuado su pago de IR mensual no tienen porque efectuar ya ninguna regularización, en cambio quienes no han hecho sus pagos mensuales esta es la oportunidad para que se pongan al día.
GESTION – 26/02/10
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