domingo, 2 de septiembre de 2012

Normas de la DD JJ al 30 de junio a efecto de modificar los pagos a cuenta en el Ejercicio 2012


Dictan Normas relativas a la presentación de la Declaración Jurada que contenga el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio a efecto de modificar o suspender los pagos a cuenta en el Ejercicio Gravable 2012
(Publicada el 30/08/2012 y vigente desde el 31/08/2012)

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 200-2012/SUNAT, es aplicable a los contribuyentes que generan renta de 3era Categoría que opten por modificar los pagos a cuenta correspondiente a los periodos de agosto a diciembre 2012, de acuerdo a los cambios producidos por el Decreto Legislativo N° 1120 (18/07/2012).
Los referidos contribuyentes presentarán el PDT – Formulario Virtual N° 0625 versión 1.2, el cual se encontrará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual.
Cabe precisar que, los contribuyentes que presenten la declaración deberán anotar su estado de ganancias y pérdidas al 30.06.2012, en el Libro de Inventarios y Balances a valores históricos.
La presentación del referido PDT se realizará a través de SUNAT-Virtual, para la cual los contribuyentes deberán contar con su Código de Usuario y Clave SOL.

viernes, 3 de agosto de 2012

SUNAT otorgará más beneficios a contribuyentes


El régimen de incentivos tributarios por incumplimiento de algunas obligaciones, regulado en el artículo 179 del Código Tributario, establece rebajas con la condición de que el contribuyente cumpla con cancelar la multa de dichas infracciones. Fija tres rebajas en las multas: 90%, 70% y 50%, dependiendo de diferentes situaciones. El Régimen en mención ya no seguirá vigente para los tributos que administra SUNAT, pero sí para otros entes recaudadores (como los gobiernos locales), revelaron fuentes del sector.

SUNAT no dejará de incentivar al contribuyente sino que se regulará un nuevo régimen de gradualidad más beneficioso que el actual con rebajas en más niveles: 95%, 85%, 70%, 60% y 40% sobre las multas aplicables a los contribuyentes.