SUNAT informó que la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de La Libertad confirmó la sentencia que condena al contribuyente Ismael Rayme Niquin a 5 años de cárcel al comprobar que fue autor del delito de defraudación tributaria en agravio del Estado, omitiendo la declaración de ingresos por S/. 2.5 millones.
Señaló que durante una fiscalización efectuada al citado contribuyente (dedicado a la venta mayorista de partes y piezas de vehículos) se determinaron ciertas irregularidades en la declaración de sus ingresos (sus ventas no guardaban relación con los impuestos que declaraba), debido a ello se procedió a efectuar una auditoría.
Agregó que se comprobó que Rayme Niquin utilizaba una doble facturación en sus registros contables.
Fuente: Gestión del día Miercoles 04/04/2011
Espacio de reflexión y de propuestas académicas desarrolladas en la Universidad San Martín de Porres, con la finalidad que contribuyan con el desarrollo de la tributación y el compromiso de asumir el rol de ciudadano y profesional responsable con tu pais.
miércoles, 4 de mayo de 2011
sábado, 22 de enero de 2011
RENTA ANUAL 2010
Obligados a presentar la Declaración de Renta Anual 2010Tamaño de Texto:
.Están obligados los contribuyentes que durante el 2010:
a.Generaron rentas o pérdidas de Tercera Categoría (las que se obtienen por haber realizado actividades comerciales, de servicios y/o industriales) y que pertenecen al Régimen General del Impuesto a la Renta.
b.Realizaron operaciones gravadas con el ITF, al ser generadores de rentas de Tercera Categoría y efectuaron el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o Medios de Pago.
c.Obtuvieron rentas distintas a las de Tercera Categoría, tales como: Rentas de Primera Categoría: provenientes del alquiler de bienes muebles o inmuebles. Rentas de Trabajo, las que están comprendidas a su vez por:
Rentas de Cuarta Categoría: referidas a los honorarios profesionales cobrados, durante el año, por el ejercicio independiente de su profesión Rentas de Quinta Categoría: referida a los sueldos cobrados, durante el año, como empleado dependiente.Rentas de Fuente Extranjera provenientes de actividades no empresariales
.Están obligados los contribuyentes que durante el 2010:
a.Generaron rentas o pérdidas de Tercera Categoría (las que se obtienen por haber realizado actividades comerciales, de servicios y/o industriales) y que pertenecen al Régimen General del Impuesto a la Renta.
b.Realizaron operaciones gravadas con el ITF, al ser generadores de rentas de Tercera Categoría y efectuaron el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o Medios de Pago.
c.Obtuvieron rentas distintas a las de Tercera Categoría, tales como: Rentas de Primera Categoría: provenientes del alquiler de bienes muebles o inmuebles. Rentas de Trabajo, las que están comprendidas a su vez por:
Rentas de Cuarta Categoría: referidas a los honorarios profesionales cobrados, durante el año, por el ejercicio independiente de su profesión Rentas de Quinta Categoría: referida a los sueldos cobrados, durante el año, como empleado dependiente.Rentas de Fuente Extranjera provenientes de actividades no empresariales
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